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Ley Sansão

Ley Sansão

Matéria escrita por:

Ene 27, 2021


(nº 14.064, de 29 de septiembre de 2020)

Esta ley altera la ley n. 9.605 de 1998, aumentando el castigo de crímenes de maltrato animal en los casos de perros y gatos

 

Gabriela Bacarji Suares

MV, CRMV-PR 16320,

Alumna de residencia

UFPR-Curitiba

[email protected]

 

Vivien Midori Morikawa

MV, CRMV-PR 6.183, MSc, PhD.

UFPR

Red de Protección, SMMA de Curitiba

[email protected]

Alexander Welker Biondo

MV, CRMV-PR 6.203. MSc, PhD.

Depto. de Medicina Veterinária – UFPR

[email protected]

 

Introducción

La palabra «crueldad» contra los animales se define como la instigación deliberada o intencional al dolor y sufrimiento 1. Existen varios procedimientos que antiguamente se los consideraba necesarios para suplir las necesidades humanas, como la castración sin anestesia, marcas con hierro caliente, envenenamiento o el uso perjudicial de animales para investigación, y que no eran cubiertas por las leyes de protección animal. El «maltrato» es definido como cualquier acto directo o indirecto, comunicado o no, que intencionalmente o por negligencia, imprudencia o impericia, provoque dolor o sufrimiento innecesarios a un animal (CFMV, resolución n. 1.236/18) 2.

La lucha contra el maltrato en Brasil comenzó en 1895, cuando se creó la Unión Internacional de Protección Animal (Uipa) 3, pionera en el país, y a través de ella en 1934, el presidente Getúlio Vargas sancionó el decreto que establecía «medidas de protección a los animales». A partir de ese decreto todos los animales del país pasaron a ser tutelados por el Estado, y cualquier tipo de maltrato era pasible de multa e, inclusive, cárcel.

Recién en el 1988 la Constitución (art. 225) establece que todos tienen el derecho a un medio ambiente ecológicamente equilibrado; no obstante, recién diez años después fue aprobada la primera ley, la Ley de Crímenes Ambientales (Ley Federal nº 9.605/98) 4, que penaliza la violencia contra los animales. El artículo 32 de esa ley establece que todo aquel que abuse, maltrate, hiera o mutile un animal silvestre, doméstico o domesticado, nativos o exóticos, estará sujeto a una pena de detención de 3 meses a 1 año o multa, y que en caso de muerte del animal, la pena podría ser aumentada.

La ley

En 2020 fue modificada la Ley de Crímenes Ambientales a través de la Ley n. 14.064 5