La Justicia niega liminar que contestaba la Resolución del CFMV en contra de la Educación a Distancia
La Justicia niega liminar que contestaba la Resolución del CFMV en contra de la Educación a Distancia
En el primer lunes del mes de mayo (6/5), la 6ta Vara Federal Civil de la Sección Judicial del Distrito Federal no dio lugar a un pedido de liminar de la Asociación Brasileña de Mantenedoras de la Enseñanza Superior (Abmes), que solicitaba la suspensión de la Resolución del Consejo Federal de Medicina Veterinaria (CFMV) n° 1.256/2019). El pedido de liminar también solicitaba que el CFMV no divulgase la resolución, que prohíbe la inscripción de egresos de cursos de medicina veterinaria realizados bajo la modalidad EAD (Educación a Distancia), y que no hiciera ningún tipo de campaña de comunicación sobre la misma.
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La Justicia Federal en primer grado no dio lugar al pedido de liminar en base al argumento de la defensa presentado por el propio CFMV, alegando falta de interés de procedimientos, ya que «no cabe un mandato de seguridad contra una ley en tesis», tal como lo prevé la Súmula n° 266 del Supremo Tribunal Federal (STF). Así, la decisión judicial consideró que el pedido de la Abmes no tenía fundamento, manteniendo entonces la validez de la resolución.
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«La jueza recibió nuestra tesis y no concedió la medida liminar para la entidad, manteniendo en vigor la Resolución del CFMV. Fue un primer paso de nuestra constante lucha por un curso de veterinaria integral, presencial, con clases prácticas, pasantía profesionalizante y alumnos con una formación sólida», defendió el presidente del CFMV, Francisco Cavalcanti. «Mientras nosotros trabajamos por una enseñanza y servicios veterinarios de calidad, las facultades particulares, que cobran caro por sus cursos, defienden ante la justicia la mercantilización de la educación y la graduación en medicina veterinaria a distancia, algo que consideramos preocupante y peligroso para la población», complementó el presidente.
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El CFMV entiende que la modalidad de enseñanza a distancia impide la realización de clases prácticas esenciales para preparar un buen profesional. El curso de medicina veterinaria demanda innúmeras actividades prácticas y de campo, como anatomía, clínica, cirugía y exámenes de laboratorio, entre otras muchas actividades operacionales y de manejo técnico, cuyo aprendizaje sólo se consigue mediante clases presenciales, tal como lo prevé la Resolución/CFMV n° 595/1992.
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Sin poder realizar su inscripción en el CRMV, aquellos que concluyan el curso a distancia no podrán ejercer la profesión de médico veterinario en todo el país. Y los profesionales que dan las clases o estuvieran relacionados en la gestión de cursos a distancia, están sujetos a procesos de responsabilidad ético-disciplinarios.
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Actualmente la Portería n° 1.134/2016 (art. 1º, §1º) del Ministerio de Educación (MEC) admite que el 20% de los programas de medicina veterinaria puedan ser realizados a través de clases on line. El CFMV defiende la aprobación del proyecto de Ley n° 7.036/2017, cuyo autor es el actual ministro jefe de la Casa Civil, Onyx Lorenzoni, que es médico veterinario. La propuesta limita al 10% esa carga horaria en la modalidad semipresencial, para que el 90% de las clases sean realizadas exclusivamente en forma presencial, inclusive la pasantía profesional.
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Para Cavalcanti, «los avances tecnológicos son bienvenidos y pueden ser aplicados fácilmente en cursos de postgrado, una vez que el alumno ya ha pasado por un amplio y arduo entrenamiento durante toda su formación profesional».
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El CFMV ya ha solicitado al MEC la participación en el proceso de creación de cursos de medicina veterinaria, algo que ya sucede con otras carreras como medicina, odontología, psicología, enfermería y derecho, a través del Decreto n° 9.235/2017.
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Asesoría de Comunicación del CFMV
rnhttp://portal.cfmv.gov.br/lei/index/id/232rnrn